Los abogados somos los únicos profesionales habilitados legalmente para tramitar prestaciones previsionales en Anses, y si bien esto tiene su fundamento legal, también tiene su razón de ser en la gestión integral que comienza con un asesoramiento sobre la situación previsional del trabajador, pero podría exceder de la gestión administrativa en sí, y concluir en una acción judicial.

Rol del profesional

El abogado a cargo de la gestión previsional, cualquiera fuera, debe tener la especialización necesaria para afrontar todas las situaciones y posibles soluciones que tiene una jubilación ordinaria, por invalidez, pensión por fallecimiento, reconocimiento de servicios, etc, que se podría llevar adelante en representación del trabajador.

Será imprescindible, desde la entrevista de asesoramiento, realizar un análisis previsional integral en función del trabajador, los años de servicios prestados, la edad, el núcleo familiar y el carácter de los servicios, es decir si se desempeñó durante toda la vida laboral en un régimen común o si algún tiempo prestó servicios para algún régimen especial e incluso como autónomo o monotributista.

Podríamos encontrarnos con un trabajador mixto, en relación de dependencia, o un trabajador independiente puro y a su vez, si brindó servicios en distintos regímenes especiales, realizar un prorrateo de edad y años de aportes para saber con certeza con qué edad le corresponde jubilarse y cuantos serían los años de aportes requeridos.

Diversidad de prestaciones

La documentación para el expediente previsional será recabada en función de la prestación que vayamos a iniciar, de hecho cada gestión requiere documentación diferente; el apoderado (abogado a cargo) tendrá que sacar el turno para el inicio, presentarse personalmente en Anses a iniciar la prestación previsional, realizar el seguimiento y agilización de la misma en cada etapa del trámite y, sobre todo, una vez que esté otorgado el Beneficio, controlar la liquidación del haber previsional y el retroactivo.

Es factible que el titular no posea los 30 años de aportes en total, por lo cual también tendríamos que analizar si puede acogerse a alguna de las leyes de moratorias previsionales vigentes y, en caso de ser mujer, si tiene hijos que podrían sumar los aportes faltantes. Por el contrario, cuando el trabajador registra más años de aportes que el mínimo exigido para la Jubilación ordinaria, la responsabilidad del profesional es presentar la documentación necesaria para acreditar todos los años trabajados y aportados, ya que en ese caso el haber

será más alto en función de los años de trabajo que exceden los 30.

Paso imprescindible dentro de nuestro trabajo es practicar una liquidación del haber, ya que sólo así sabremos cuanto le corresponde cobrar al titular y podremos de ese modo, controlar la liquidación que realice Anses.

Liquidación, recursos, acción judicial

En las resoluciones que dicta Anses podría haber errores u omisiones, y es fundamental tener muy claro cuál es el derecho que le asiste al trabajador que estamos representando y cuanto le corresponde percibir, para poder presentar el recurso correcto para revertir una resolución errónea.

Los motivos que pueden dar origen a un recurso de revisión o reconsideración de la resolución pueden ser variados: fecha inicial de pago, liquidación errónea del haber de la prestación, retroactivos no abonados, servicios no reconocidos, reajustes, carácter de los servicios no reconocidos, prestaciones mal denegadas: regularidad o condición de aportante en pensión por fallecimiento o retiro por invalidez, solicitud de moratoria denegada, acreditación de la convivencia en los casos de pensiones por fallecimiento.

Todos estos supuestos y cualquier otra situación que menoscabe el derecho del titular de la prestación, debe ser trabajado y corregido por el abogado especialista a cargo y, aún así, si el reclamo es justo y fuese denegado en vía administrativa quedará como instancias posteriores un recurso ante la Carss, Comisión administrativa de revisión de la seguridad social o una acción judicial ante la Justicia Federal.

No obstante, lo manifestado, es imprescindible contar con el conocimiento adecuado en la materia y trabajar con absoluta responsabilidad para lograr el otorgamiento de la prestación y el haber que corresponda desde la gestión en sí, y evitar llegar a una acción judicial cuando la solución está en sede administrativa, ya que de lo contrario estaríamos llevando a nuestros clientes a una gestión onerosa y de un tiempo de espera innecesario cuando se podría haber resuelto con un recurso administrativo.

Sugerencia

Desde nuestro trabajo y especialización de la materia que abordamos, nuestra sugerencia siempre será contratar a un abogado especialista en previsional antes del inicio de una prestación. Trabajamos durante 30 años o más y vamos a estar jubilados el resto de nuestra vida; ese paso de la vida activa a la vida pasiva depende de una única gestión, es fundamental hacerla bien.